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Esquel: Un maestro religioso admitió haber abusado de una alumna y fue condenado

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Redacción Central3 de junio de 202662 visitas
Esquel: Un maestro religioso admitió haber abusado de una alumna y fue condenado

El acusado aceptó su culpabilidad en un juicio abreviado luego de que la Fiscalía reuniera pruebas contundentes. Tras un proceso de investigación penal interrumpido porque el imputado se mantuvo prófugo, se realizó una audiencia de juicio abreviado, dando lugar a una sentencia condenatoria firme.

La investigación estuvo a cargo del equipo de delitos en contexto de violencia de género de la Fiscalía. El imputado, asesorado por su defensa, decidió asumir la responsabilidad de los hechos y firmar un acuerdo de juicio abreviado, evitando así ir a un debate oral y público.

El hecho ocurrió hace varios años en un centro religioso juvenil de la ciudad de Esquel. En ese momento, el condenado tenía 31 años y se desempeñaba como maestro de la institución, mientras que la víctima era una adolescente de 14 años.

Aprovechando su posición de autoridad, la diferencia de edad y que se encontraban solos antes del inicio de las actividades, Ibañez Gélvez agredió físicamente a la joven, exigiéndole besos y realizando tocamientos en su cuerpo contra su voluntad. El ataque cesó cuando otras personas llegaron al lugar.

La contundencia de las pruebas y la figura legal

La Fiscalía logró consolidar una base probatoria tan sólida que la defensa del acusado optó por la vía del juicio abreviado, un mecanismo legal donde el imputado reconoce haber cometido el delito a cambio de una pena ya acordada entre las partes.

El hecho fue calificado como abuso sexual simple, agravado por dos condiciones: haber sido cometido por una persona encargada de la educación religiosa de la menor y haberse dado en un contexto de violencia de género.

¿Qué es el juicio abreviado?

Es una herramienta del sistema judicial que permite resolver un caso de forma rápida cuando el acusado admite su culpabilidad y acepta imposición de una pena, decisión que debe ser homologada por un juez y que la Fiscalía consulta previamente con la víctima.

Los detalles de la condena

El juez interviniente validó el acuerdo tras verificar que se cumplían todos los requisitos legales y que la víctima estaba de acuerdo con esta resolución para cerrar de forma definitiva el proceso.

El juez, al homologar, ponderó que, dentro de la escala de los delitos contra la integridad sexual, este hecho se ubicó en un segmento de menor gravedad física. También valoró positivamente la "economía procesal": dado que ya transcurrieron 12 años desde el suceso —en gran parte por el tiempo que el acusado pasó en rebeldía antes de ponerse a derecho—, el juicio abreviado permitió darle un cierre inmediato y definitivo al caso, evitando el desgaste de un juicio común y garantizando una respuesta de justicia para la víctima.